5º No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
6º En el caso de los nacionales de otros Estados, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado Miembro, ni haber sido separado por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
Actividades que desarrollan:
Son actividades de cuidado de los pacientes, y de auxilio en las actividades propias del personal sanitario.
Categoría: Corresponde a la de funcionarios de carrera, perteneciendo al grupo D.
Sueldo: Dependiendo del destino concreto, el salario gira en torno a los 780 euros.
TEMARIO:
Consta de varias Unidades de Estudio, cuyos principales contenidos son:
- Derecho Constitucional.
- Sistema Sanitario Público, Ley General de Sanidad.
- El papel del Auxiliar de Enfermería.
- Salud Pública. Metodología y actuaciones.
- Atención a las distintas necesidades sanitarias.
- Protocolos asistenciales y primeros auxilios.
- Legislación del Servicio Vasco de Salud.
- Estatuto de Autonomía del País Vasco.
EXAMEN
La oposición consta de dos ejercicios eliminatorios entre sí:
1) Resolver un cuestionario de preguntas tipo test sobre el programa de la oposición.
2) Resolver un cuestionario sobre materias relacionadas con las funciones específicas del Auxiliar de Enfermería.
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